sábado, 11 de junio de 2016

Desechan resolución emitida por IEPC y manda reponer proceso de en Ayutla

Josefina Aguilar Pastor/NOTYMAS
Chilpancingo, Gro., junio de 2016 (NOTYMAS).- El Tribunal Electoral del Estado (TEEGRO), desechó la resolución emitida por el Instituto Electoral y Participación Ciudadana (IEPC), y mandató a dicho órgano reponer el proceso, en los tres meses siguientes posteriores a la notificación, el proceso de consulta en el municipio de Ayutla, para determinar si la elección de sus autoridades, la realizan a través de sus usos y costumbres.

Durante la sesión realizada recientemente se aprobó el recurso de impugnación interpuesto el 26 de junio del año 2014, firmado por 61 ciudadanos, entre comisarios, delegados municipales, comisariados municipales y agrarios, pertenecientes a 35, localidades y 22 colonias de la cabecera municipal de Ayutla de los Libres, Guerrero, mediante el cual solicitaron que su próximo proceso electoral se realizara a través del método de usos y costumbres.

Derivado de ello, el IEPC, aprobó  el 27 de mayo de 2015,  mediante el acuerdo 151/SE/27- 05-2015, los “Lineamientos para las medidas preparatorias de la solicitud de elección por usos y costumbres en el Municipio de Ayutla de los Libres, Guerrero”; el 4 de junio de ese mismo año, aprobó acuerdo 162/SE/04-06-2015, en el que reconoció el derecho constitucional que tienen los pueblos originarios de elegir a sus autoridades conforme a sus sistemas normativos internos y en particular el de los ciudadanos de las comunidades indígenas del Municipio de Ayutla de los Libres.

El 4 de junio del 2015, los promoventes de la solicitud de elecciones por usos y costumbres del Municipio de Ayutla, presentaron Juicio para la Protección de los Derechos Político- Electorales del Ciudadano en contra del acuerdo del IEPC, ante la Sala Regional Distrito Federal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), integrando el expediente SDF/JDC/545/2015.

El veinticinco de junio del mismo año 2015, la Sala Regional Distrito Federal del TEPJF, resolvió dicho juicio de inconformidad, en cuya resolución se ordenó al IEPC, concluir en un plazo máximo de tres meses a partir de la notificación, la etapa de medidas preparatorias, con el objeto de verificar y determinar la existencia histórica del sistema normativo interno en Ayutla de los Libres, y de resultar positiva, iniciar las consultas correspondientes para establecer si la mayoría de la población del municipio determinaba la celebración de sus comicios de conformidad a sus usos y costumbres, para lo cual, las consultas deberían realizarse en un plazo máximo de un mes.

De ello se desprendieron otras inconformidades, lo que generó un nuevo juicio de inconformidad ante el TEEGRO, el cual, este jueves dictaminó que efectivamente, faltaron elementos probatorios para acreditar que realmente se llevó a cabo la consulta como marca la ley en la materia, no se acreditó por parte de la autoridad electoral, la difusión exhaustiva y la consulta sobre todo con traductores, explicó la Magistrada Presidenta, Hilda Rosa Delgado Brito.

Esto, abundó la magistrada, porque es una obligación del Estado, tener traductores e una población sobre todo donde trabajan este tema y donde se reconocer que el 33 por ciento de su población es indígena.

Para emitir esta sentencia se indicó, el TEEGRO, tomo como base la misma información que les remitió el IEPC, así como lo que les hicieron llegar los ciudadanos inconformes como prueba, y si bien hubo algunas organizaciones que también se inconformaron, pero al ser un juicio que no permite o no reconocer este derecho para las organizaciones, al tratarse de un juicio electoral ciudadano, si los tomaron en cuenta al ser vecinos del municipio.


“Todas estas probanzas se analizaron, valoraron y discutieron por el pleno, con lo que el IEPC, tendrá que realizar una nueva consulta, en un periodo de tres meses, después de recibir la notificación”, indicó la Magistrada del TEEGRO. (NOTYMAS).

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