sábado, 5 de enero de 2013

A proceso penal a líderes del Sindicato Independiente si firman el despido de agremiados; Advierte abogado.




Iguala, Guerrero., enero del 2012 / ANG.- Ante el trascendido de que también los dirigentes del Sindicato Independiente, Imelda Galeana de Jesús y el ex regidor Alberto Bahena Jiménez, firmaron un convenio con las autoridades municipales para despedir a otros 100 trabajadores, el abogado de los 99 despedidos del SETAIGEM, Armando Victoria Esquivel advirtió que se podría iniciar un proceso penal en contra de los líderes sindicales que los podría llevar a la cárcel.

“Sí los representantes de algún otro sindicato están tratando de hacer algo similar como sucedió con los 99 trabajadores del SETAIGEM, les diría que lo pensaran dos veces porque también están sujetos a una denuncia penal”, externó el abogado tras considerar que ningún líder sindical tienen la facultad para hacer renunciar de su empleo a ningún trabajador, porque para eso el trabajador debe renunciar voluntariamente o separarse de su empleo.

Victoria Esquivel consideró que los dirigentes del Sindicato Independiente, deben pensar muy bien en firmar otro convenio similar como el de los 99 trabajadores del SETAIGEM y así eviten caer en la violación de los derechos de los trabajadores y que tampoco se expongan a estar sujetos a un proceso penal y “que incluso pueden ser privados de su libertad”, advirtió.

Dijo que el riesgo que corre el ayuntamiento al aceptar el ejecutar un convenio en esos términos como el de los 99 trabajadores despedidos del SETAIGEM, es que después por las demandas por despido injustificado le cueste al municipio varios millones de pesos, “porque las autoridades municipales al aceptar este tipo de convenios están actuando de manera ilícita e irregular”.

Luego de reconocer que el ayuntamiento tiene derecho de prescindir del servicio de algún trabajador pero también tiene la obligación de liquidarlo conforme a la ley, Victoria Esquivel comentó que los representantes sindicales están para defender los derechos de sus agremiados y no está facultado para hacer renunciar de su empleo a sus agremiados. (ANG)

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