jueves, 22 de noviembre de 2012

Acto de autoritarismo del Congreso Local el no ratificarlo como magistrado, acusa Fermín Alvarado



Bernardo Torres. Chilpancingo, Guerrero. 22 de noviembre del 2012 / ANG.- Como un acto de autoritarismo y retroceso a  la democracia y el estado social de derecho, calificó el ex candidato priista a la alcaldía de Acapulco, Fermín Alvarado, que el Congreso Local no lo haya ratificado como magistrado.

Consideró que el Congreso tuvo la oportunidad de continuar vulnerando o no el estado de Derecho; de continuar atropellando o no garantías y principios constitucionales  y  la propia legalidad o no, de las actuaciones  del Poder Legislativo, sin embargo con el voto en contra de su ratificación, hizo todo lo contrario.

A través de un comunicado, el ex diputado federal priista, cuestionó que este no es, este, un asunto que se  tenga que resolver con motivaciones de carácter  político, que después de 7 años,  debería de  resolverse conforme a la Ley,  a la Jurisprudencia y a los Principios Generales de Derecho, para evitar seguir incurriendo en ilegalidades.

Explica el documento que mediante Decreto número 293, de fecha 22 de abril de 1999, Fermín Gerardo Alvarado Arroyo, fue nombrado Magistrado Numerario para integrar el Tribunal Superior de Justicia del Estado por el periodo comprendido del 1º  de mayo de 1999 al 30 de abril de 2005.

Dijo que el Dictamen  de Evaluación  emitido por el Titular del Poder Ejecutivo el 20 de abril del 2005, fue presentado  de manera extemporánea ante el Congreso, violando garantías constitucionales y legales.

Entre el 28 de abril  del 2005 en que se turnó el asunto a  la Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación  al  30 de abril del 2005, fecha en que fenecía dicho nombramiento, no se podían cumplir los  términos y formalidades  establecidos por el artículo 160 de la  Ley Orgánica del Poder Legislativo.

En un solo día, el 28 de abril, pleno del Congreso de Guerrero, tomó conocimiento del Dictamen, lo remitió a la Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación y, el mismo 28 de abril, ésta sesiono y  emitió Dictamen  de  No Ratificación del Magistrado Fermín Gerardo Alvarado Arroyo, y lo presentó al Pleno; ese mismo día, se realizaron dos sesiones extraordinarias y el pleno emitió el Decreto 491, mediante el cual se ratificó el Dictamen de No Ratificación del  Magistrado Fermín Alvarado Arroyo.

Alegó que sobre este asunto el Ejecutivo y la LVII Legislatura fueron conscientes de que, al observar los términos establecidos por la Ley Orgánica del Poder Legislativo, se tendría por ratificado tácitamente dicho nombramiento, que dejaron de observar tales términos y en un solo día (28 de abril), sin audiencia previa para el interesado, validaron, la solicitud presentada por el Ejecutivo.

En el comunicado Alvarado Arroyo defiende que ese dictamen deviene arbitrario; no precisa las razones sustantivas, objetivas y razonables de su determinación; no hay un examen minucioso del desempeño jurisdiccional  y no se sustenta en pruebas que permitan constatar la correcta evaluación del desempeño como Magistrado.

“Ahora, la alta capacidad, competencia y excelencia en el cumplimiento de la responsabilidad del Magistrado Fermín Gerardo Alvarado Arroyo, se acredita con el hecho de que del total de sus 1,157 resoluciones, sólo en 81 de ellas, los Jueces Federales concedieron el amparo” se lee.

También agregó que Alvarado Arroyo, no tiene antecedentes penales ni  nunca ha sido condenado por delito  de alguna naturaleza.

“Si tuviera antecedentes penales o por lo menos averiguaciones previas iniciadas en su contra estaría impedido para poder participar en la búsqueda de espacios de representación popular”.

Concluye el documento citando al Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, José de Jesús Gudiño Pelayo, quien ha dicho, a propósito de la lucha judicial por la protección de las garantías judiciales que:

 “No es posible entender el Estado de Derecho Contemporáneo, sin un Sistema de Justicia en el cual los jueces que lo integran, tengan en su favor un esquema garante de su función y de su persona, para que cumplan en óptimas condiciones su delicada labor de juzgar, con absoluta independencia e imparcialidad, lo que se traduce, a su vez, en escenario de juricidad y legalidad para la sociedad”.

“Tanto a nivel federal como a nivel local, las Garantías Judiciales con frecuencia son objeto de disputa entre poderes y de vejación en contra de quienes las detentan. A través del juicio de amparo, así como de controversias constitucionales y de acciones de constitucionalidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha tenido que sentar importantes precedentes para dar cuerpo a estas Garantías y contribuir a la consolidación de un régimen de respeto hacia las mismas” (ANG).

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